05 enero 2017

RESOLUCION DE SECRETARIA-COMITÉ EJECUTIVO PROVINCIAL
PARTIDO GEN - Distrito Entre Ríos:
CONVOCATORIA A ELECCIONES INTERNAS
PARA RENOVACION  DE AUTORIDADES PARTIDARIAS.
VISTO:
Lo dispuesto en la Carta Orgánica partidaria y las facultades del Comité Ejecutivo de la Provincia  del Partido GEN – Distrito Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:
Que en el mes de marzo de 2017 vence el mandato de las autoridades partidarias provinciales, de departamento y de municipio;
Que, en consecuencia, debe procederse a la elección para renovación de autoridades partidarias del Comité Ejecutivo de la Provincia, de la Convención Provincial, de otros órganos partidarios de Entre Ríos; asimismo se deben elegir las autoridades departamentales y de municipio por el período indicado en la presente.-
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Carta Orgànica, el Comité Ejecutivo de la Provincia convocó el 12 de marzo de 2017  a elecciones internas para la elección de autoridades partidarias, quedando la organización del comicio a cargo de la Junta Electoral del partido, disponiendo que por esta Secretaría se instrumenten detalles de aquel llamado;
POR ELLO:
LA SECRETARIA DEL COMITÉ EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DEL PARTIDO GEN – DISTRITO ENTRE RIOS, en uso de las atribuciones que la Carta Orgánica partidaria otorga,
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Atento al llamado a comicios internos, para la elección de autoridades partidarias, titulares y suplentes, del Comité Ejecutivo de la Provincia; Delegados a la Convención Provincial; el Tribunal de Disciplina; la Comisión Revisora de Cuentas; la Junta Electoral; el Rector del Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial (I-Gen); los Responsables Económico-Financieros de Campaña y el Responsable Político de Campaña,  a celebrarse el dia 12 de marzo de 2017, se Convoca a los afiliados del GEN, Distrito Entre Ríos, para que con el voto directo y considerando a la Provincia como Distrito Único, y por el período 2017-2019, elijan:
1.1) Once (11) miembros titulares: Presidente, Vicepresidente 1°, Vicepresidente 2°, Vicepresidente 3º, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero y 3 (tres) Vocales Titulares y 6 (seis) Vocales Suplentes para el Comité Ejecutivo Provincial;
1.2) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes del Tribunal de Disciplina.
1.3) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas.
1.4) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Junta Electoral.
1.5) El Rector del  Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial (I-Gen).
1.6) Dos (2) Responsables Económico-Financieros de Campaña (conforme Ley 26.215).
1.7) Un (1) Responsable Político de Campaña.
ARTICULO 2º.- Convocar a los afiliados en cada uno de los Departamentos en que se divide la Provincia, para integrar la mesa directiva de los Comités de Departamento por el período 2017/2019, formada por: 2.1) Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y vocales titulares y suplentes del respectivo Comité de Departamento. Se elegirán la cantidad de vocales titulares y suplentes de sus actuales integraciones, no pudiendo el número total de vocales titulares ser mayor de 8 (ocho) ni menor de 3 (tres). El número total de vocales suplentes no podrá ser menor al 50 % de los vocales titulares.
2.2) Asimismo, para elegir, por el período 2017-2019, Treinta y Cuatro (34) Delegados titulares y Diecisiete (17) suplentes a la Convención Provincial, de conformidad con lo dispuesto en la Carta Orgánica.-
ARTICULO 3º .- Convocar a los afiliados en cada uno de los Distritos, Sección Electoral,
Circuitos o Municipios, conforme se divide cada uno de los Departamentos de la Provincia, para elegir sus autoridades, por el período 2017-2019,  debiendo proceder los Comité de Departamento respectivos de conformidad a lo dispuesto en el art. 28 de la C.O, no pudiendo el número de miembros titulares ser mayor de 12 (doce) ni menor de 7 (siete). Ningún comité podrá tener menos de 3 (tres) vocales ni más de 8 (ocho), y contarán con el 50 % de vocales suplentes. La mesa directiva se integrará por:  Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero,  y vocales titulares y suplentes del respectivo Comité de Municipio, o Sección o Circuito.
ARTICULO 4°.- Diferir la elección de representantes de la Organización de la Juventud del GEN de Entre Ríos atento a la constitución de su Junta Provincial Promotora hasta tanto se complete o constituya la reorganización de sus autoridades, oportunidad en que serán convocados sus afiliados y adherentes para hacerlo a efectos de completar el mandato de los respectivos cuerpos de gobierno partidarios.-
ARTICULO 5°.- Considerar parte integrativa de la presente Resolución, la Reglamentación del acto electoral que obra en el Anexo I;  y sus modificatorias que a tal efecto se dicten.-
ARTICULO 6°.- Comunicar a los miembros de la  Junta Electoral partidaria que se constituyan conforme su competencia a sus efectos y elaboren el Cronograma electoral; a los Comités de Departamento, a la Junta Promotora de la Organización Provincial de la Juventud, a la Secretaría Electoral Nacional y a la Secretaría del Tribunal Electoral de la Provincia
ARTICULO 8º. Regístrese, Publíquese en el blog (www.genentrerios.blogspot.com) del Partido, publíquese por una vez Edicto de Convocatoria en el Boletín Oficial de Entre Ríos, póngase a disposición en el domicilio legal partidario y Archívese.-
                                                      
                                                                                           Paraná, 31 de  Diciembre  de 2016.-
  
                                                                         
                                                                           Pedro Juan Carlos Quinteros

                                                                                        Secretario